Elección del patrón/a mayor, vicepatrones/as mayores y demás vocales del Cabido.

1. En el pleno de la sesión constitutiva de la Xunta Xeral de la Cofradía se iniciará el procedimiento de elección del Patrón/a mayor, Vicepatrones/as mayores y demás vocales del Cabido.

2. Para esta elección la mesa electoral será la misma que la constituída para la elección de los /las vocales de la Xunta Xeral.

3. El voto de los/las vocales de la Xunta Xeral será único, personal, directo y secreto.

4. Los/las candidato/as a Patrón/a mayor presentarán en el mismo acto sus candidaturas al pleno de la Xunta Xeral y dispondrán de un tiempo para su defensa.

5. Una vez presentadas la totalidad de las candidaturas a Patrón/a mayor ante la Xunta Xeral de la cofradía de pescadores, se iniciará el proceso de votación.

6. Los miembros de la Xunta Xeral elegirán por mayoría simple en primera vuelta al Patrón/a mayor entre los candidatos/as presentados/as. En caso de empate se repetirán las votaciones en segunda vuelta; de mantenerse aquél se resolverá a favor del/la de mayor antigüedad en la cofradía y en el caso de persistir el empate, a favor del/la de mayor edad.

7. A continuación se procederá, de la misma forma que en los puntos anteriores, a la elección del/la Vicepatrón/a mayor primero/a de entre los/las vocales del colectivo distinto al que pertenezca el/la Patrón/a mayor.

8. A continuación y en el mismo acto, la Xunta Xeral elegirá de entre sus miembros los/as Vicepatrones/as mayores primero/a y segundo/a y los/las vocales del Cabido, respetando la paridad y proporcionalidad que se estableció para la Xunta Xeral.

9. Terminadas las elecciones a Patrón/a mayor y vocales del Cabido, el/la secretario/a de la mesa levantará el acta correspondiente, que se expondrá al día siguiente en el tablón de anuncios de la cofradía. Contra la resolución de la comisión electoral, cabe interponer recurso administrativo ante la junta electoral en el plazo de 3 días, la cual resolverá en los cinco días siguientes.

10. Finalizado el plazo de reclamaciones, recursos y de su resolución, la comisión electoral procederá a la proclamación definitiva de los cargos de Patrón/a mayor, vicepatrones/as mayores y vocales del Cabido.

11. Al día siguiente de la proclamación definitiva de lso cargos de Patrón/a mayor, Vicepatrones/a mayores primero/a y segundo/a y vocales del Cabido, se procederá a la toma de posesión de estos/as en sus cargos, de la cual levantará acta el/la secretario/a de la comisión electoral. Una copia de este acta será remitida a la junta electoral en el plazo de dos días.

 

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Colaboradores Cofradíaa